Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio
Poseedores de residuos - Calidad Ambiental
Poseedores de residuos
El poseedor de residuos es el productor de residuos u otra persona física o jurídica que esté en posesión de residuos.
1. ALTA
Interesados
- Los poseedores de residuos de construcción y demolición a que se refiere el artículo 2.f) del Real Decreto 105/2008.
- Los puntos de recogida selectiva, públicos o privados, que se limiten a recibir en sus establecimientos las pilas, acumuladores o baterías usados conforme a la definición dada en el artículo 3.v) del Real Decreto 106/2008.
- Los distribuidores de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), definidos en el artículo 3.k) del Real Decreto 110/2015 que reciben en sus establecimientos los AEE usados con motivo de la compra de un nuevo AEE por parte del usuario.
- Cualquier persona física o jurídica que, estando en posesión de residuos que no se han generado como consecuencia de su actividad, precise disponer de un NIMA para formalizar su entrega a un gestor que asegure el tratamiento adecuado de estos.
Tasa
No hay tasa.
Tramitación
1. Comunicación telemática:
- Acceder al trámite: Comunicación de la condición de poseedor de residuos
- Rellenar el formulario web.
- Firmar y enviar electrónicamente.
- En el plazo de 24-48 horas la empresa o entidad podrá comprobar el número de inscripción asignado para realizar la gestión de los residuos de los cuales se tiene la posesión, en la página web de la Conselleria. Buscador de productores y gestores de residuos