Abierto el plazo de solicitud de la subvención del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal para el ejercicio 2026. - Prevención de Incendios Forestales y Sensibilización
#STOPALFOC
Corresponde a la Administración de la Generalitat Valenciana la planificación, coordinación y ejecución de las medidas y acciones necesarias para la prevención y lucha contra los incendios forestales, juntamente con las demás administraciones públicas y en colaboración con los particulares.
Desde la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales, queremos recordar la necesidad de aunar esfuerzos entre todos con el fin de evitar el inicio de incendios forestales, en concreto en el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive, teniendo en cuenta el aumento de temperaturas y la desecación de la vegetación forestal en esta época estival.
En este sentido, el artículo 132.1.g), del Anexo I, del Decreto 91/2023, de 22 de junio del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana, establece que quedan prohibidas las siguientes acciones o actividades en terreno forestal y su Zona de Influencia Forestal:
“g) La quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o selvícola durante el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre, ambos inclusive, salvo que esta actividad se contemple en un plan local de quemas aprobado por el órgano competente” en zonas de bajo riesgo, con nivel de preemergencia 1 y hasta las 11 horas como máximo.
Se pueden consultar los municipios con Plan Local de Quemas en Planes locales de quemas (PLQ)
La “Zona de Influencia Forestal”, a los efectos de prevención de incendios forestales es la superficie constituida por la franja circundante a los terrenos forestales en una anchura de hasta 500 metros según el artículo 57 de la ley 3/93 forestal de la Comunitat Valenciana que se puede consultar en:
https://prevencionincendiosgva.es/ConsultaZIF500 por parcela y en el Visor cartográfico de la Generalitat de forma gráfica, en la capa Medio Ambiente -> Prevención de Incendios -> Zona de Influencia Forestal 500 m.
Resumen de la normativa en: Regulación de uso del fuego - Prevención de Incendios Forestales y Sensibilización - Generalitat Valenciana
EN PREVENCIÓN CONTAMOS TODOS
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Abierto el plazo de solicitud de la subvención del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal para el ejercicio 2026.
Se han publicado las bases reguladoras de la subvención de concesión directa otorgada a los ayuntamientos de la Comunidad Valenciana con el plan local de prevención de incendios forestales aprobado, para la ejecución del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal para el ejercicio 2026, así como la propuesta de resolución provisional por la cual se asignan los importes provisionales a los ayuntamientos beneficiarios.
Los Ayuntamientos relacionados en el Anexo I de la Propuesta de Resolución Provisional de 10 de Abril de 2026, por la cual se establecen las bases reguladoras de la subvención de concesión directa otorgada a los ayuntamientos de la Comunidad Valenciana con el Plan Local de Prevención de Incendios Forestales aprobado para la ejecución del Fondo Estratégico municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal para el ejercicio 2026, tendrán un plazo de 10 días, desde el día siguiente a la notificación de la propuesta de resolución provisional, para manifestar su conformidad con la concesión de la subvención y con las bases reguladoras y para presentar la documentación requerida.
A la solicitud de aceptación de la ayuda provisional se adjuntará la siguiente documentación, mediante el procedimiento administrativo referido:
a) Acreditación de la identidad de la persona jurídica solicitante, en caso de no autorizar su consulta por el órgano gestor del procedimiento.
b) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social, en caso de no autorizar u oponerse a su consulta por el órgano gestor del procedimiento.
c) Acuerdo o resolución del órgano municipal competente, que tendrá que incluir expresamente su voluntad de aceptar la consignación asignada.
El plazo de presentación será desde el 13-04-2026 hasta el 24-04-2026.




